El pasado 18 de mayo fue aprobado por el Consejo de Ministros el Real Decreto 293/2018, de 18 de mayo, sobre reducción del consumo de bolsas de plástico y por el que se crea el Registro de Productores, que fue publicado en el BOE el sábado 19 de mayo.
De acuerdo con el citado Real Decreto:
A partir del 1 de julio de 2018 los comercios tendréis que realizar el cobro obligatorio de un precio por cada bolsa de plástico entregada al consumidor.
A excepción de las bolsas de plástico muy ligeras y de las bolsas de plástico con espesor igual o superior a 50 micras con un porcentaje igual o mayor al 70% de plástico reciclado.
Con respecto a éstas, los comerciantes deberéis disponer de documentación proporcionada por el fabricante que acredite dicho porcentaje.
Por su parte, las bolsas muy ligeras, según la Ley, serán aquellas con un espesor inferior a 15 micras, necesarias por razones de higiene o que se suministran como envase primario para alimentos a granel.
Por lo que, desde esa fecha, todas las bolsas de plástico, con las excepciones expresadas, tendrán un precio que será fijado por el comerciante, pudiendo éste tomar como referencia estos precios orientativos establecidos en el anexo que se encuentra en el Real Decreto:
También, desde esta fecha, deberéis informar a los consumidores de los precios establecidos, exponiéndolos al público en un lugar visible e incluyendo una referencia al cumplimiento de las obligaciones expuestas.